Asesoran a quienes pueden recibir asistencia económica.

La Agencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad ayuda a realizar el trámite en la página web del Gobierno de Córdoba. Hay tiempo hasta el 30 de junio. 

Economía 17 de junio de 2021

Jesús María. La Agencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad ofrece un espacio de ayuda a quienes se desempeñan en los rubros afectados por las restricciones impuestas a raíz de la pandemia y pueden acceder a las asistencias económicas que otorga la Provincia. 

Los vecinos interesados pueden acercarse personalmente a la Oficina de Empleo -Mauricio Yadarola 590- o a los Nidos de los barrios La Costanera y Sierras y Parque. Telefónicamente, el número habilitado es el 03525-442300.

Los beneficios incluyen ayuda financiera a personas físicas o jurídicas, con montos no reintegrables que van de 30 mil a 70 mil pesos y son determinados según la condición fiscal de cada beneficiario. 

Para que más vecinos afectados en la ciudad tengan posibilidades de acceder a estas asistencias, la Agencia de Desarrollo Económico articula con las actividades afectadas y ofrece un espacio de consulta y acompañamiento. 

 

Actividades y rubros beneficiarios:

- Bares y restaurantes

- Salones de fiesta y discotecas.

- Gimnasios, natatorios y canchas.

- Escuelas de danza, canto, teatro y academias de idiomas. 

- Centros de formación profesional y academias de oficios. 

- Cines, autocines, teatros y centros culturales. 

- Transporte escolar. 

- Cantinas dentro de establecimientos educativos; guarderías y jardines maternales.

- Producción, composición, representación y servicios conexos al desarrollo de espectáculos teatrales y musicales. 

- Peluquerías, centros de estética, spa y similares.

- Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos.

- Servicios de entretenimiento.

 

¿Cómo acceder?

Para recibir el beneficio hay que ingresar a https://www.cba.gov.ar/ayudas-economicas/ con Ciudadano Digital Nivel 2, completar el formulario “Ayuda Directa por Restricciones en la Actividad (ADRA)” y declarar la cuenta bancaria a nombre del solicitante.

Es importante estar inscripto en la Dirección General de Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos. 

En el caso de monotributistas, es requisito haber efectuado al menos un pago correspondiente al primer trimestre de 2021.

17-06-2021

Último momento
Te puede interesar
Lo más visto