Jesús María está en Emergencia Vial

El Concejo Deliberante aprobó el proyecto del Ejecutivo y le introdujo algunas modificaciones. Estará en vigencia por un año. Hace foco en el control a motos y habilita a realizar actas de infracción usando las 150 cámaras del Centro de Monitoreo. También aumenta el monto de las multas.

18 de diciembre de 2025
Control de moto

Jesús María. El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad, este miércoles, el proyecto de Declaración Extraordinaria de Emergencia Vial por 12 meses en el ejido de la ciudad.

El tema fue trabajado en la Comisión de Legislación ampliadas y la norma fue aprobada con el consenso de todos los bloques.

La ordenanza prohíbe la manipulación de los caños de escape en la vía pública.

Además, el centro de monitoreo, que tiene 150 cámaras en toda la ciudad, podrá labrar actas por infracciones que detecte.

Para reforzar el control, se crea el Registro Municipal de Infractores Reincidentes, que concentrará a quienes acumulen sanciones por alcoholemia, escapes adulterados, maniobras peligrosas y patentes adulteradas. Estos conductores podrán ser inhabilitados para renovar la licencia y restringidos del acceso a servicios municipales no esenciales. Además, se habilita al Ejecutivo a decomisar y destruir vehículos reincidentes, o destinarlos a usos públicos o educativos.

“Coincidimos en que es necesario tener un Registro de Reincidentes, tanto en alcoholemia como en accidentes en la vía pública”, dijo la presidenta del Cuerpo, Paola Fantini, quien consideró que es “una herramienta más del Ejecutivo para accionar sobre las personas reincidentes”.

El bloque del Pro aclaró que acompañó la norma pero cree necesario “realizar una normativa que perdure en el tiempo, con actualizaciones”. Su presidente, Mariel Penna, sostuvo: “¿Qué significa esto? Modificar el Código de Faltas”.

Añadió que “todos los otros artículos son atribuciones propias del Ejecutivo que no necesitan ninguna Emergencia Vial. Sí consideramos que los puntos importantes son los del aumento para las sanciones y el artículo donde se toma como prueba las imágenes de las cámaras”. 

Las modificaciones introducidas al texto original fueron en tres artículos. Dos que hacían responsables solidarios a los talleres mecánicos que colocaran caños de escape modificados y a los comercios que contrataran servicios de reparto con motos con emisiones de ruido superiores al de fábrica; y otro que fijaba la obligatoriedad para el personal de estaciones de servicio de denunciar a quienes tenía motos alteradas para ruidos molestos.

 

¿Qué será sancionado?

  • Los motovehículos detectados con escapes adulterados serán retenidos de inmediato. El escape ilegal será decomisado y destruido y el vehículo solo podrá ser retirado con el escape original colocado “in situ”. 

En caso de reincidencia, las consecuencias serán severas, incluyendo la suspensión de licencia por un año e incluso el decomiso definitivo del rodado.

  • Maniobras peligrosas, exceso de velocidad, paso de semáforo en rojo, circulación en contramano, acrobacias y picadas ilegales captadas con cámaras municipales, los sistemas de lectura de patentes (LPR), drones y otras tecnologías de detección podrán identificar 

La ordenanza incorpora su uso como prueba plena para labrar actas, sin necesidad de presencia física de inspectores. 

  • Tolerancia cero al alcohol. Será considerada falta gravísima.

Si un siniestro vial involucra a un conductor con alcoholemia positiva, las medidas serán inmediatas e incluyen la retención de licencia, el secuestro del vehículo, inhabilitación preventiva, cumplimiento obligatorio de programas de reeducación vial y trabajos comunitarios, además de las sanciones económicas.

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