Definición de la Carta Orgánica Municipal

Conceptos del Dr. Jorge Horacio Gentile acerca del significado de tener Carta Orgánica Municipal en una ciudad.

POLÍTICA28 de agosto de 2023Miguel Osvaldo GramajoMiguel Osvaldo Gramajo
Jorge Gentile

Jesús María. El Dr. Jorge Horacio Gentile, Profesor Emérito de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional y de la Universidad Católica de Córdoba, escribió en 2007 “Pautas para una Carta Orgánica Municipal”.

Allí define a la Carta Orgánica Municipal como “la Constitución que se dan los representantes, elegidos democráticamente, de los vecinos de una ciudad, que tiene más de 10 mil habitantes, en la provincia de Córdoba”.

Y añade: “Es así porque es la ley fundamental y suprema de la ciudad, adonde se fijan los objetivos, metas y propósitos que asumen los que integran esta sociedad política vecinal, que se organiza junto a este tercer nivel estatal denominado municipio; distribuyendo sus competencias y atribuciones; que establece su gobierno y aprueba, por una transacción celebrada en su convención constituyente, las ‘reglas de juego’ para que los distintos sectores políticos accedan al mismo, dando así legitimidad a sus instituciones y autoridades elegidas mediante estos procedimientos”.

En función de esto, sostiene que su contenido  “se la dan los vecinos de una ciudad, a través de sus representantes, con el propósito de servir al bien común y para lo cual en la misma se crea un gobierno y una administración municipal, con facultades de dictar normas, realizar obras y prestar servicios públicos, sostenidos por recursos que aportan los ciudadanos, u otros niveles del Estado”.

“Este gobierno elegido y en el que participan los vecinos -añade- debe estar al servicio de los mismos, que son la razón de ser de esta organización política. Se trata de un tercer nivel de organización estatal, que está por debajo y de acuerdo con el nivel del gobierno federal y provincial, y sujeto, en consecuencia, a lo que disponen las Constituciones Nacional y Provincial”.

 

El fin último.

Gentile concluye que “una buena Carta Orgánica debe ser el reflejo de las sanas intenciones de un vecindario que ama su ciudad y que pretende que ella sea el ámbito en que ellos, sus familias y las futuras generaciones desarrollen su personalidades, con respeto, con buena calidad de vida, con reglas de conducta claras y justas, con una administración transparente y eficiente, todo ello profundizando la amistad cívica y la búsqueda permanente del bien común”.

27-08-2023

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