
Es el título de un Taller que se hará este viernes en Colonia Caroya, organizado por la Municipalidad y el Programa Provincial de Prevención del Suicidio.
En el Registro Civil de Jesús María hay más consultas por uniones de hecho que por casamientos. ¿En qué se diferencian?
Sociedad 02 de abril de 2022 Natalia BalverdiJesús María. La responsable del Registro Civil, Elvecia Aguirre, confirmó que crece más el número de consultas por Uniones Convivenciales que por Matrimonios aunque, en la práctica, son cada vez más las personas que se casan.
La funcionaria explicó que se debe, en parte, a que los requisitos para contraer matrimonio son más fáciles de conseguir que los exigidos para una Unión Convivencia.
Es más: algunos se casan cuan- do no pueden acceder a la Unión Convivencial. Estas todavía son pocas porque las parejas no logran demostrar en papeles que hace dos años que conviven.
Para contraer matrimonio sólo se solicita DNI, Partida de Nacimiento y 2.500 pesos para los gastos administrativos.
En el caso de las personas divorciadas, se les solicita la documentación que valide la separación legal y no mucho más, razón por la cual ese tipo de unión es más frecuente.
Por el contrario, para la Unión Convivencial se solicita “demostrar en papeles que durante dos años estuvieron conviviendo, sea mediante Declaración Jurada ante Juez de Paz o Policía. A ese papel lo presentan como testimonio, al igual que cambios de domicilios, alguna cuenta que esté a nombre de los dos, un contrato de alquiler que tenga dos años, a nombre de la pareja. “Tienen que demostrar que hace dos años o más que viven juntos”, concluyó Elvecia Aguirre.
No obstante, en 2021, sólo en Jesús María se oficiaron cinco Uniones en el Registro Civil de la ciudad.
Los beneficios.
Los beneficios para quienes no optan por el matrimonio “convencional” son varios, entre los cuales se destacan la protección del hogar común y los bienes personales.
“Cuando te casás rige el Régimen de Comunidad de Bienes: pasa a ser todo de los dos. En la Unión Convivencial, eso no pasa: los bienes quedan para cada uno, pero podés hacer un pacto y decidir entre las partes cómo van a administrar sus bienes”, explicó un letrado.
En tanto, en el caso del techo compartido, si una de las partes fallece esa propiedad no queda a nombre del cónyuge -a menos que así haya sido acordado-, sino que tiene libertad para habitar bajo ese techo durante dos años.
02-04-2022
Es el título de un Taller que se hará este viernes en Colonia Caroya, organizado por la Municipalidad y el Programa Provincial de Prevención del Suicidio.
Las dosis están destinadas a las personas con mayor exposición y alto riesgo de contraer el virus. Para inmunizarse, hay que solicitar, previamente, un turno en el Vacunatorio central.