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Ya está vigente la ordenanza de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, tratada durante meses por el Consejo de Planificación y aprobada por el Concejo Deliberante. No autorizarán nuevos loteos ni subdivisiones en zonas que no los contemplan.
SOCIEDAD26 de noviembre de 2020
Colonia Caroya. Desde hace algunas semanas está en vigencia la Ordenanza 2361/20 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo de la ciudad, aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante después de varios meses de análisis y debate con el Consejo de Planificación.
En esta nueva normativa se establecen las dimensiones de las nuevas zonas en las que se divide la ciudad: Urbanizable, de Amortiguación, Industrial, Rural y de Valor Estratégico.
Cada una de estas zonas y las subzonas creadas tendrán su propio código de edificación, Factor de Uso de Suelo y de Ocupación del mismo.
Pero lo más importante es que se definieron con claridad cuáles serán los sectores en los que se pueden generar subdivisiones para proyectos de urbanización y en cuáles no.
En el plano que ilustra esta nota se aprecian dos colores.
El naranja representa a la actual zona urbana consolidada, a la que se anexan siete lotes actualmente rurales que pronto cambiarán a urbanos, ubicados entre las calles 48 y 124, desde la 56 hasta la 30 en el lado Sur; y entre las calles 40 y 96, desde la 56 hasta la 30, en el lado Norte.
Estos lotes aún no tienen sus ordenanzas específicas, pero serán los próximos a los cuales les modificarán el uso de suelo.
Además, se integra un sector colindante al Bº Sierras y Parque, donde existe un proyecto de urbanización que recién se podrá ejecutar cuando el Concejo analice las condiciones de ese sector.
Solamente en los sectores naranjas se pueden y podrán hacer urbanizaciones autorizadas.
En el resto del mapa, pintado de gris, no se autorizará ningún loteo ni pedido de subdivisión y en caso de existir el loteo con anterioridad, no se permitirán la urbanización ni la prestación de servicios.
La zona pintada al Oeste de la Ruta Nacional 9 representa, en mayor proporción, a Áreas Rurales (de producción agropecuaria) y al Área de Interés Ambiental, Natural, Protegida y de Riesgo de la unión de los ríos La Granja y San Cristóbal.
Ante ofertas de venta de terrenos en ese lugar, se recomienda primero consultar a la Municipalidad para asegurar si la inversión de compra de tierra se hace en un lugar permitido para construir una vivienda con los servicios necesarios para el hábitat.
26-11-2020

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