Colonia Caroya modificó el Código de Tránsito y el precio de la Licencias de Conducir

Los cambios fueron tratados y aprobados en el Concejo Deliberante. Aquí todos los detalles a tener en cuenta.

SOCIEDAD09 de mayo de 2025
Licencia de Conducir

Colonia Caroya. El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la modificación de cuatro artículos del Código de Tránsito, referidos a licencia física y digital, sus plazos de validez y los datos del portador.

El proyecto de ordenanza, enviado por el Ejecutivo, contempla las disposiciones de la Ley Nacional Nº 24.449 del Sistema Nacional de Tránsito; y del Decreto Nacional Nº 196/2025, que modifica el Sistema Nacional de Licencias de Conducir.

Según esto, la licencia física y/o digital sebe ser expedida por la Autoridad Administrativa Municipal del lugar de domicilio del solicitante y, “en el caso de personas provenientes de otras localidades, que se radiquen en nuestra ciudad, el municipio reconocerá la vigencia de su carnet de conducir por el tiempo y/o período que el mismo estuviere otorgado por el Municipio que le dio origen; en tanto la emisión de dicho carnet sea previa al cambio de domicilio”

La validez de las licencias variará de acuerdo a la categoría y la edad del solicitante. En líneas generales:

Las A habilitan para el manejo de motocicletas. La edad mínima para obtenerla varía según la cilindrada (16, 17, 19 o 21), y se otorgan por cinco años a personas de hasta 65 años de edad, por tres años a quienes tienen de 66 a 70 y por un año a los mayores de 71. 

Las B se otorgan para manejar automóviles, utilitarios y camionetas a quienes tienen desde 17 hasta 65 años, pero si con ellos llevan acoplados de hasta 7500 Kg deberán tener como mínimo 18 años. Sus licencias durarán cinco años; las de quienes tienen de 66 a 70 las obtendrán por tres años y los mayores de 71 años, por un año.

Las C, D y e son para conductores de camiones con o sin acoplado, transporte de pasajeros servicios de emergencias y maquinaria especial no agrícola. Se otorgan por cinco años a personas de 21 a 65 años de edad, por dos años a quienes tienen de 66 a 70 y por un año a los mayores de 71.

Finalmente, existen las G, para tractor o maquinaria agrícola. Se otorgan a quienes tienen desde 17 hasta 65 años, pero si conducen un tren agrícola deberán tener como mínimo 18 años. Sus licencias durarán cinco años; las de quienes tienen de 66 a 70 las obtendrán por tres años y los mayores de 71 años, por un año.

El Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir contiene el modelo y formato único de las licencias que tendrán validez en el ámbito de aplicación de la ley.

La licencia habilitante contendrá los siguientes datos:

a) Número de licencia y de D.N.I.

b) Apellido, nombres, fecha de nacimiento, domicilio, fotografía y firma del titular.

c) Clase de licencia, especificando tipos de vehículos que lo habilita a conducir.

d) Prótesis que debe usar o condiciones impuestas al titular para conducir. A su pedido se incluirá la advertencia sobre alergia a medicamentos u otras similares.

e) Fechas de otorgamiento y vencimiento e identificación del funcionario y organismo expedidor del carnet.

f) Grupo y factor sanguíneo del titular acreditado por profesional competente.

La modificación de cualquiera de estos datos debe ser comunicada dentro de los 90 días a la Autoridad Municipal competente y al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito. La omisión de esta obligación producirá la caducidad de la licencia.

 

Nuevos costos.

En cuanto al precio de las licencias, incluidos en la Ordenanza Tarifaria 2025, serán los siguientes:

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Cuando se expida la Licencia con más de una categoría, la de menor valor tendrá una bonificación del 50 por ciento.

09-05-2025

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