La Provincia declaró la emergencia agropecuaria en 21 Departamentos

Incluye nueve zonas ubicadas al Norte del Departamento Colón. Las eximiciones irán del 41,66 al 83,33 por ciento en el Impuesto Inmobiliario.

Economía - Agro 13 de abril de 2023
Emergencia y desastre agropecuario

Córdoba. El Gobierno de la Provincia, a través del Decreto 404, determinó el estado de “emergencia y/o desastre agropecuario” desde el 1 de marzo de 2023 hasta el 31 de agosto de 2023 para los productores agrícolas, forestales y frutihortícolas afectados por el fenómeno de sequía entre el segundo semestre de 2022 y enero de 2023. 

Con respecto a los productores ganaderos, tamberos y apícolas, la misma medida regirá entre el 1 de marzo de 2023 y el 29 de febrero de 2024. 

Las zonas afectadas fueron delimitadas utilizando el criterio de polígonos georeferenciados, que abarcan localidades productivas de 21 de los 26 departamentos que componen la geografía provincial. 

 

Emergencia o desastre.

La declaración del estado de emergencia corresponde cuando al menos el 50 por ciento de la producción o capacidad productiva de la explotación se encuentre afectada. En ese caso, el titular se beneficiará con la postergación del pago de impuestos.

Si ese perjuicio supera el 80 por ciento de la producción o capacidad productiva se declara desastre agropecuario y el productor queda eximido del pago de los tributos, parcial o totalmente. 

El instrumento jurídico exime entre el 41,66 y el 83,33 por ciento el pago del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, la parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario Básico Rural y la parte proporcional de las diferencias de impuestos que pudieran surgir correspondientes a la anualidad 2023 y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

 

Decreto 136/2023

Productores agrícolas, forestales y frutihortícolas

01/01/2023 al 30/06/2023 

Prórroga hasta el 30/06/2023:

Cuotas 1 a 5/2023 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural.

Proporción del Adicional y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Exime el 41,66% de:

Impuesto Inmobiliario Básico Rural.

Proporción del Adicional y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

 

Productores ganaderos, tamberos y Apícolas

01/01/2023 al 30/06/2023

Prórroga hasta el 31/12/2023:

Cuotas 1 a 11/2023 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural.

Proporción del Adicional y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Exime el 100,00% de:

Impuesto Inmobiliario Básico Rural.

Proporción del Adicional y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

 

Decreto 404/2023

Productores agrícolas, forestales y frutihortícolas

01/03/2023 al 31/08/2023

Prórroga hasta el 31/08/2023:

Cuotas 3 a 7/2023 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural.

Proporción del Adicional y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Exime el 41,66% de:

Impuesto Inmobiliario Básico Rural.

Proporción del Adicional y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Si pagó en cuotas, quedan eximidas las cuotas 3 a 7/2023.

 

Productores ganaderos, tamberos y Apícolas

01/03/2023 al 29/02/2024

Prórroga hasta el 29/02/2024:

Cuotas 3 a 12/2023 del Impuesto Inmobiliario Básico Rural.

Proporción del Adicional y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Exime el 83,33% de:

Impuesto Inmobiliario Básico Rural.

Proporción del Adicional y de la Contribución Especial para la Financiación de Obras y Servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario (FDA).

Si pagó en cuotas, quedan eximidas las cuotas 3 a 12/2023.

13-04-2023

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