Nuevos aumentos salariales de casas particulares
La Comisión Nacional de Trabajo estableció un incremento acumulativo de los salarios del 6,6 por ciento que se implementará en cuatro tramos, entre febrero y septiembre de este año, acompañado de pagos únicos no remunerativos.
15 de julio de 2025
Córdoba. La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó un aumento salarial acumulativo del 6,6 por ciento, el cual se aplicará en cuatro tramos entre febrero y septiembre de 2025.
Según lo acordado en la mesa de negociación oficial, bajo la supervisión de la Secretaría de Trabajo, las negociaciones también establecen pagos únicos no remunerativos.
El aumento se calculará sobre los salarios mínimos de enero de 2025 y se estructurará de la siguiente manera:
De febrero a junio se aplicará un 3,5 por ciento sobre los salarios de enero, a pagarse en julio.
En julio, un 1 por ciento adicional sobre la escala salarial resultante de julio.
En agosto, habrá otro incremento del 1 por ciento adicional sobre la escala salarial de julio.
Y en septiembre, otro de 1 por ciento adicional sobre la escala salarial de agosto.
Esto se traduce en aumentos acumulados del 4,5 por ciento en julio, 5,6 en agosto y 6,6 en septiembre de 2025, en comparación con los salarios de enero.
Salarios estimados
Se estima que para la categoría de Tareas Generales, en julio de 2025, los valores por hora serían:
- Con retiro: $ 2.993.
- Sin retiro: $ 3.229.
Asimismo, el salario mínimo mensual estimado para esta categoría sería de $ 367.161 con retiro y $ 408.279 sin retiro.
Sumas no remunerativas de carácter único
Los montos de estas sumas varían según la carga horaria semanal trabajada:
Para las trabajadoras que cumplan más de 16 horas por semana, la suma no remunerativa será de 10.000 pesos en julio y de 9.500 pesos en agosto y septiembre.
Aquellas con jornadas de entre 12 y 16 horas recibirán 7.000 pesos en julio y 6.000 pesos en agosto y septiembre.
Para quienes trabajen entre cero y 12 horas, la cifra será de 4.000 pesos por mes en los tres casos.
Contribuciones por débito.
Este lunes se habilitó el débito automático para el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social de los empleadores de Casas Particulares, según lo dispuesto por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
La medida también incluye cambios en el régimen especial del contrato del trabajo del sector.
A través de la Resolución General 5723/2025, permitirá a los contribuyentes contar con distintas alternativas para cumplir con las obligaciones previsionales para los 450 mil empleadores aproximados que existen.
La opción estará disponible para el pago mensual de las contribuciones y aportes patronales, cuota correspondiente a la Obra Social y a la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART).
Los medios de pago habilitados, con la incorporación del débito automático, se suma a los depósitos bancarios (RG -AFIP- 1217), Transferencias electrónicas (RG -AFIP-1778), tarjeta de crédito (con o sin débito automático - RG -AFIP- 1644), débito en cuenta mediante cajeros automáticos (RG -AFIP- 1206), débito directo en cuenta bancaria (requiere declaración del CBU RG -AFIP- 2675), plataformas de pago electrónico o digitales, homebanking, billeteras electrónicas, pagos QR y otros habilitados por el BCRA.
Para la instrumentación del débito automático en cuenta bancaria, los empleadores deberán efectuar la adhesión a través del Registro Especial del Personal de Casas Particulares, y verificar y/o modificar los datos exhibidos respecto de la condición del empleado, la cantidad de horas semanales de la relación laboral y las Claves Bancarias Uniformes (CBU) disponibles.
Cuando el empleador realice el pago mediante la generación de un VEP (Volante Electrónico de Pago) para abonar desde homebanking, billeteras virtuales o tarjeta de crédito, o utilice un código de respuesta rápida QR, las modificaciones se verán reflejadas en forma inmediata.
Aquellos que opten por débito automático y realicen las modificaciones en forma tardía, para ingresar los importes correctos deberán realizar el ‘stop debit’ y pagar ese período por alguno de los otros medios de pago indicados precedentemente.
15-07-2025

