La Provincia anunció ayudas económicas y financieras.

Serán para actividades restringidas. Las solicitudes se podrán presentar durante todo el mes de junio.

Economía 28 de mayo de 2021

Córdoba. El vicegobernador Manuel Calvo, a cargo del Poder Ejecutivo, anunció este viernes las medidas económicas y financieras adoptadas por el Gobierno de la Provincia para acompañar a los sectores afectados por las restricciones producto de la pandemia.

La inversión provincial es de 600 millones de pesos. Las inscripciones serán desde el 1 hasta el 30 de junio.

Los beneficiarios serán: personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en la provincia, titulares de unidades económicas cuyas actividades hayan sido restringidas en los rubros Bares y restaurantes, Salones de fiesta y discotecas, Gimnasios, natatorios y canchas, Escuelas de danza, canto y teatro y academias de idiomas, Centros de formación profesional y academias de oficios, Cines, autocines, teatros, centros culturales.

Las medidas dispuestas incluyen:

- Exención del pago mínimo de Ingresos Brutos para todo el año 2021.

- Eximición de Ingresos Brutos para los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2021.

- Eximición del Impuesto a los Sellos hasta diciembre de 2021 sobre contratos de alquiler de hasta 40.500 pesos mensuales.

- Ayudas económicas no reintegrables determinadas según la condición fiscal.

- Además, prevé el diferimiento en el pago de las facturas eléctricas que venzan en junio de 2021 hasta diciembre con cero por ciento de interés, pero en nuestra zona habrá que esperar el anuncio de la Cooperativa de Servicios Públicos al respecto.

También dispuso un plan de facilidades de pago para deudas vencidas hasta mayo de 2021 inclusive, con tasa de financiación del 1 por ciento en 30 cuotas mensuales (vencimiento de la primera cuota en diciembre de 2021 con plazo de adhesión hasta septiembre de 2021) y reconexión sin costo de medidor en caso que corresponda o que se solicite baja temporal del servicio.

 

Requisitos.

- Para acceder a estos beneficios, se debe completar el formulario digital “Ayuda Directa por Restricciones en la Actividad (ADRA)” disponible en la página web del Gobierno de la Provincia de Córdoba www.cba.gov.ar ingresando con Ciudadano Digital Nivel 2.

- Declarar cuenta bancaria a nombre del solicitante.

- Se deberá estar inscripto en la Dirección General de Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos.

- En el caso de monotributistas, haber efectuado al menos un pago correspondiente al primer trimestre de 2021.

La evaluación y aprobación de las solicitudes ingresadas a través de www.cba.gov.ar será realizada por la Secretaría General de la Gobernación.

28-05-2021

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