Testeos gratuitos y confidenciales de VIH y Sífilis en Jesús María
25 de abril de 2024Su objetivo es posibilitar el acceso de los vecinos a la prueba y concientizar sobre su importancia.
En un fallo sin precedentes, dos jóvenes detenidos en abril e imputados harán trabajo comunitario. Los representó el Dr. Javier Foresi.
COVID19 - Locales 03 de noviembre de 2020Jesús María. Javier Foresi, abogado defensor de dos personas que violaron la cuarentena y fueron imputadas por violar el artículo 205, le pidió al Juez de Control de esta ciudad una previsión que tienen los códigos Penal y Procesal Penal que se llama suspensión de proceso a prueba.
El Fiscal de Instrucción, Guillermo Monti, y el Juez de Control, Marcelino Morales, lo consideraron y acordaron darle lugar a la solicitud.
Es la primera vez que se resuelve en la provincia un caso de este tipo y es “novedoso porque nunca se había hecho en Jesús María para ningún caso”, explicó Foresi.
Técnicamente, durante el proceso de la instrucción y antes de la audiencia del juicio se puede pedir la suspensión del proceso a cambio de la realización de tareas comunitarias.
En este caso, los imputados cumplirán con las mismas en el COE Regional Jesús María, durante 60 horas.
Si durante el tiempo en que suspende el proceso se realizan las tareas y no se comete ningún delito, el imputado queda sobreseído: es como si nunca hubiera existido la imputación.
Cabe aclarar que esto es aplicable a delitos con penas de menos de tres años.
Foresi comentó que “estos chicos salieron una noche a tomar una cerveza, allá por el mes de abril, y como ocurría en ese entonces, los detuvo la Policía y los imputaron por infracción al artículo 205, como a todos los que eran aprehendidos en esa etapa de la cuarentena”.
Este artículo del código Penal dice que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
Cabe aclarar que no son sancionados económicamente porque en esa época del año aún no había sido aprobada la ley provincial que fija multas por no respetar las normas del aislamiento o el distanciamiento social.
Esta normativa ha sido objetada por posible inconstitucionalidad, con el argumento de que no se puede sancionar dos veces el mismo delito.
03-11-2020
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