Habilitan a personas con discapacidad a circular dos horas en su zona de residencia.

Podrán hacerlo, en casos de fuerza mayor, por las vías de uso público cercanas a su residencia junto a un acompañante.

COVID19 21 de marzo de 2020
Paseo con acompañante terapéutico

TELAM. La Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) emitió una circular para aclarar que el decreto de excepción al aislamiento obligatorio por la pandemia de Coronavirus habilita a las personas con discapacidad, en casos de fuerza mayor, a circular por las vías de uso público cercanas a su residencia por espacio de dos horas junto a un acompañante.

“Se recomienda habilitar a las personas con discapacidad mental, cognitiva y psicosocial, que tengan alteraciones conductuales, disruptivas, trastornos emocionales, personas con tratamiento de psicomotricidad, entre otras, cuyo estado se vea agravado por la situación de confinamiento y a un acompañante, a circular por las vías de uso público cercana a su residencia por un máximo de dos horas, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio”, dice el artículo 1.

Asimismo, la circular número IF-2020-18382159-APN-DE#AND en su artículo segundo establece que, “a fin de que puedan desplazarse libremente, con los cuidados epidemiológicos correspondientes y sin ser abordados por las fuerzas públicas e incluso reciban la asistencia necesaria, se recomienda que las personas enumeradas en el art. 1º vistan el color azul en alguna prenda de su ropa o una cinta azul en el brazo”. 

21-03-2020

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