La Rural de Jesús María vuelve a la carga contra las retenciones.

Se sumó a una acción de amparo presentada por la Sociedad Rural Argentina. Sostiene que su cobro es inconstitucional, aduciendo que “la legislación que habilitaba al Poder Ejecutivo a fijar retenciones ha concluido”.

Economía - Agro 22 de febrero de 2022

Jesús María. La Sociedad Rural local y otras entidades rurales se sumaron a una acción de amparo presentada por la Sociedad Rural Argentina (SRA) este lunes en los Tribunales Federales de Córdoba, por la falta de sustento legal en el impuesto a las retenciones.

El objetivo de la judicialización es que se declare la inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro de los derechos de exportación con posterioridad al 1 de enero del año 2022.

El presidente de la SRA, Nicolás Pino, dijo que presentaron el amparo “después de haber exhortado al Poder Ejecutivo y al Legislativo desde el 8 de enero pasado, cuando advertimos que no hay sustento reglamentario para el cobro del impuesto”.

Por su parte, el vicepresidente de La Rural de Jesús María, Eduardo Riera, añadió: “Llamamos a legislar al respecto y dar la previsibilidad que tanto necesita el sector”.

 

Los argumentos.

En realidad, los titulares utilizados para informar la acción han sido más rimbombantes que la solicitud en sí, explicado por la Sociedad Rural Argentina en detalle. En definitiva, será la Justicia quien determine la procedencia del pedido. 

El argumento de la entidad rural es que el 31 de diciembre de 2021 venció el plazo fijado en la Ley de Emergencia Pública, que delegaba en el Presidente de la Nación la reglamentación de las alícuotas del tributo. Al no sancionarse la Ley de Presupuesto 2022, que incluía una prórroga por dos años de esa facultad, carecen de sustento legal los derechos de exportación exigidos con posterioridad a esa fecha.

Según la interpretación de quienes asesoran a la SRA, “las retenciones a la exportación, por ser manifestaciones del poder tributario del Estado, sólo pueden ser exigidas por ley del Congreso, y el Poder Ejecutivo tiene prohibida su creación en cualquier circunstancia”.

¿Por qué el Gobierno fijó las retenciones en  los últimos años? Porque lo habilitaba esa Ley de Emergencia Pública.

También está en discusión la validez del Decreto 851/21, del 15 de diciembre de 2021, que fija alícuotas del derecho de exportación “a partir del 1° de enero de 2022”. Esto es, por fuera del período de emergencia de la ley y del periodo específico fijado por ella para imponer retenciones.

Finalmente, la SRA recuerda que el Congreso dio por finalizadas en 2010 todas las prórrogas de antiguas delegaciones en el Poder Ejecutivo, como la que contenía el Código Aduanero, que “fueron utilizadas como base legal para justificar de las retenciones”.

La advertencia lanzada al Gobierno por “las Rurales” es que si cobra las retenciones “surgirán indefectiblemente numerosos reclamos económicos al Estado”.

En un párrafo con buenas intenciones que esconden las verdaderas, dicen que el Congreso debe “avocarse de inmediato a debatir y decidir cuál es el régimen impositivo necesario para financiar al Tesoro de la Nación, sin impedir la reactivación económica, el crecimiento de la economía y la disminución de la pobreza”. Es sabido que el oficialismo carece de toda posibilidad de obtener en las Cámaras una prórroga de la aplicación de retenciones.

“Las Rurales” aclaran, no obstante, que “el Congreso debe decidir si sigue con la política de imponerlas o no, y en caso afirmativo a qué sectores y cuáles han de ser las alícuotas”. Parece un jaque mate.

El 3 de enero pasado, la periodista Yanina Otero anticipó en el diario Ambito Financiero: “Dirigentes rurales y diputados de la oposición especulan con la inconstitucionalidad del gravamen”. 

En ella consignaba que en 2020, en plena pandemia de Coronavirus, “el Gobierno buscó además alentar la venta de granos por parte de los productores para conseguir así un mayor ingreso de divisas y bajó temporalmente las retenciones a la soja. Una medida que en la práctica no fue tampoco celebrada por las entidades del campo y que tampoco consiguió el cometido”.

22-02-2022

Te puede interesar